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jueves, 1 de diciembre de 2016

RÉDITO POR UNA DESGRACIA


Moralmente, todo tiene un límite
El pasado 28 de noviembre el sindicato mayoritario de Illes, la UOB, denunciaba en un comunicado la falta de actuación conjunta de la representación sindical de BMN para comunicar y convocar la parada de 5 minutos que se realizó el día 24 de noviembre en repulsa por el asesinato de un compañero de la Caixa a manos de un cliente.  Y no le quitamos la razón.

La Dirección de BMN dejó sin respuesta el correo remitido por CCOO el 23 de noviembre, solicitando consentimiento para que los sindicatos en BMN (CCOO, CGT, UGT, UOB y SESFI) pudieran dirigir un correo a la plantilla comunicando el paro de 5 minutos del día 24, una vez se había ya coordinado el conforme para el paro con la Agrupación de Banca (AEB), con la de las antiguas cajas (CECA), las confederaciones sindicales FINE, UGT y CIC, y la respuesta afirmativa de todas las secciones sindicales de BMN para esta actuación conjunta. 

La mañana del 24 de noviembre, UGT, en solitario, dirige un correo a la plantilla convocando el paro de 5 minutos y la Dirección de BMN, igualmente, dirige un correo a la plantilla con un enlace al blog de UGT, sin atender las peticiones de distribución conjunta de CCOO ni la de la UOB, que hace, ante la iniciativa en solitario de la UGT. Muy sutil el mensaje corporativo.

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¿Merecía un sindicato este protagonismo con tal desgracia?

ESTAMOS CCOONTIGO 
Porque son muchas las razones, afíliate a CCOO

miércoles, 11 de noviembre de 2015

ACUERDO AGRIDULCE MOVILIDAD GEOGRÁFICA SSCC BMN MADRID

COMUNICADO CONJUNTO UOB Y CCOO

A las 12 de la noche de ayer, finalizado el plazo legal de negociación para las condiciones de movilidad geográfica colectiva de los SSCC de Madrid, los miembros del Comité de Empresa firmaban por unanimidad las condiciones laborales que serán de  aplicación  a las trabajadoras y trabajadores afectados por esta nueva medida:
  • Gastos derivados del traslado: 3.500 €.
  • Ayuda de alquiler, a elegir entre 650€/30 meses o 800€/24 meses.
  • Desplazamiento garantizado semanal a Madrid, máximo de 6 meses, para los que no trasladan a la familia.
  • 30 días naturales de alojamiento de hotel mientras se localiza una nueva vivienda.
  • 4 días de permiso para traslado.
  • Reducción voluntaria del 20% de jornada cubriendo plazas disponibles del Acuerdo de 28/05/2013.
  • Financiación de primera vivienda por traslado.
  • Mantenimiento de las condiciones retributivas pactadas en novación de contratos individuales en el nuevo destino.
  • En caso de rechazar el nuevo traslado: Indemnización de 35 días por año de servicio, con el tope máximo de 28 mensualidades (a efectos del cálculo no se tendrán en cuanta las reducciones salariales que actualmente se aplican a la plantilla). 

Para garantizar la correcta aplicación de estas medidas, se acuerda una comisión de seguimiento y garantías en la que participan los cuatro sindicatos firmantes. 

El esfuerzo conjunto de la representación laboral ha  podido, en parte, solventar la intransigencia de la patronal y los sindicatos SESFI y UGT de no querer entrar en el debate principal de esta negociación: La utilización del resto de sedes de las que dispone BMN en Vilafranca y Palma para la reubicación de los trabajadores en su localidad de origen y los cambios funcionales que corrijan destinos no deseados que se podrían haber evitado.  Pero no ha sido así y el daño ya está hecho.

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domingo, 8 de noviembre de 2015

ANTE EL PROCESO DE MOVILIDAD GEOGRÁFICA EN LOS SSCC DE BMN EN MADRID

COMUNICADO CONJUNTO DE UOB Y CCOO
 
En la penúltima reunión del periodo de consultas para debatir las medidas que la empresa pretende aplicar a las personas de los SSCC de Madrid por un proceso de movilidad geográfica, a todas luces injustificado,  CCOO y UOB presentamos un escrito para incorporar al Acta en el que respondíamos a la cerrazón de la empresa respecto a decisiones que creemos firmemente equivocas y arbitrarias.  
Avalaban este escrito otros anteriores en los que, después de un estudio detallado y minucioso del censo y relación de destinos, demostrábamos, con datos, el error y la arbitrariedad empresarial que, además, daña irremediablemente la credibilidad, ya muy tocada, de la Dirección de BMN.
 
Parece que nuestros directivos y sus asesores legales olvidan que el periodo de consultas legal, previo a la adopción de cualquier medida traumática, tiene un objetivo prioritario: buscar soluciones alternativas que vayan encaminadas a minimizar el impacto de las medidas y el número de personas afectadas. La empresa se niega en rotundo a ello, manifestando que “los traslados se harán tal y como están definidos” y que analizarán los problemas personales de manera individual con cada persona que se los manifieste, sustrayendo así a toda la plantilla afectada su derecho a que una medida de este calibre sea abordada colectivamente por sus representantes legales en la Comisión de Negociación.
 
Desprecian también así a la Plantilla de los SSCC de Madrid, impidiendo que la Comisión de Negociación aborde cuestiones tan importantes para las personas afectadas y sus familias como las prioridades de permanencia en función de situaciones personales (enfermedad, discapacidades, familiares a cargo, familias monoparentales, reagrupamiento familiar de cónyuges de empleados…) así como medidas funcionales al alcance de una empresa moderna y con capacidades tecnológicas a su alcance, como se acredita en BMN, que eviten desplazamientos dolorosos, fáciles de evitar o mitigar si hubiera interés en ello. Las mujeres y hombres que forman la plantilla de BMN son su principal activo, y este debe de ser atendido como se merece.


UOB y CCOO exige que la empresa renuncie a su posición unilateral e intransigente, negocie de buena fe, incorporando a la negociación la discusión de los criterios y alternativas que puedan minimizar el impacto de las movilidades forzosas que se plantean y el número de personas a quienes, en algunos casos por segunda o tercera vez, van a truncarles su vida personal y familiar.
 

Al margen de CCOO y UOB, que presentaron el escrito conjuntamente,  el resto de miembros del Comité de Empresa de UGT y SESFI, no han querido sumarse a esta reivindicación, a pesar de que les invitamos expresamente a ello. Hemos  de deducir que para ellas y ellos, como para sus sindicatos, la medida planteada por la empresa y el número de personas afectadas no es discutible (!) y asumen que su responsabilidad queda reducida a un intento de mejora de la cuantía de las indemnizaciones y ayudas económicas propuestas por BMN.

 

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jueves, 5 de noviembre de 2015

MOVILIDAD GEOGRÁFICA SSCC BMN MADRID. PROPUESTA DE LA REPRESENTACIÓN LABORAL

presentada en mesa el 4 de noviembre
SSCC MADRID - COMUNICADO CONJUNTO CCOO Y UOB
Ayer, en la Comisión Negociadora del traslado colectivo, la Representación Laboral en su conjunto entregó a la Dirección una propuesta de acuerdo con el contenido que figura más abajo.
Hubiera estado bien que los 4 sindicatos con representación en el Comité o, mejor aún, el propio Comité, hubiéramos publicado un comunicado conjunto, pero hemos constatado que no ha sido posible. Tras los últimos comunicados de los otros sindicatos, debemos señalar una obviedad: ¡CCOO y UOB no se han adherido a ninguna propuesta ajena! Volvemos a repetir que lo que se ha entregado ha sido una propuesta CONJUNTA, y esto quiere decir trabajada conjuntamente en todos sus puntos. Nos preguntamos por qué eso que se hizo ayer no fue posible solo unos días antes, en la sesión del Comité de Empresa convocada ad hoc.
Puntos de la propuesta unitaria:
  1. Ofrecer soluciones viables para matrimonios y parejas de hecho, familias con hijos escolarizados, familias monoparentales o matrimonios y parejas de hecho de empleados, con destino incompatible, fomentando la conciliación familiar.
  2. Facilitar traslado prioritario de personas afectadas a la Red de Oficinas a otros departamentos de SSCC BMN u otras instalaciones del GRUPO en su lugar de origen REAL, con derecho preferente a ocupar cualquier vacante, facilitando la movilidad funcional.
  3. Especificar en la comunicación de traslado el nuevo centro de trabajo asignado y la fecha de incorporación exacta de las personas afectadas.
  4. Conceder 4 días de permiso adicionales para la búsqueda de vivienda, escuela, etc. en el lugar de destino.
  5. Aceptar las solicitudes voluntarias del cupo disponible de reducciones del 20% de jornada, asignándose lunes o viernes a elección de la persona afectada.
  6. Facilitar el acceso a préstamos de 1ª vivienda y anticipos a los afectados en condiciones de empleado, así como la exención de cualquier gasto financiero derivado de la formalización de los avales requeridos por los propietarios de los inmuebles arrendados.
  7. Establecer un pago único y sin necesidad de justificación, de ayuda para los gastos de traslado, de 6000 euros.
  8. Establecer una ayuda de gastos de vivienda de 800 euros mensuales durante 48 meses a las personas desplazadas, así como la exención de cualquier gasto financiero derivado de la formalización de los avales requeridos por los propietarios de los inmuebles arrendados.
  9. Abono de los gastos de transporte semanales durante 12 meses, a las personas trasladadas.
  10. Asumir las penalizaciones contractuales derivadas de la rescisión de contratos de alquiler que tengan que soportar los trabajadores, así como los derivados de los billetes de avión, AVE u otras que se hubieran adquirido con anterioridad.
  11. Crear una lanzadera desde los SSCC de Murcia/Granada al aeropuerto/AVE más cercano para facilitar desplazamientos a los compañeros allí trasladados con origen Madrid, Cataluña e Islas Baleares, así como entre las sedes de Murcia y Granada.
  12. Mantener la “cláusula Madrid” firmada en las novaciones de contratos de SSCC de Madrid, en los nuevos destinos.
  13. Aplicar retroactivamente las condiciones de este acuerdo a las personas trasladadas desde SSCC Madrid a estos centros en los últimos 18 meses, actualizándose a las firmadas en este acuerdo y reconociendo la movilidad a efectos de beneficios sociales. 
  1. Indemnización por la no aceptación de los nuevos traslados por importes correspondientes a 45 días por año con un máximo de 30 mensualidades, así como el mantenimiento de las condiciones de empleado. 
  1. Las personas trasladadas tendrán derecho a acogerse a las condiciones de desvinculación que se firmen en este acuerdo durante los 12 meses posteriores a la fecha efectiva de traslado. 
  1. Se estudiará en la Mesa Laboral la posible firma un acuerdo para la prejubilación de personas de más de 55 años. 
  1. Se constituirá una Comisión de Asesoramiento al Empleado con participación sindical, o se participará en la Oficina del Empleado, con el fin de que se estudien las solicitudes de ajustes entre departamentos, movilidad funcional o cambios de destino del personal afectado o cualquier casuística especial, para darle solución. Se informará a la plantilla de la constitución de esta comisión y de que pueden dirigirse a la misma. 
  1. Se constituirá una Comisión de Seguimiento de este acuerdo.
La Dirección ya ha enviado a la Representación Laboral redacciones alternativas a los puntos 1 y 2, 12 y 17, que estamos analizando. Seguiremos informando.
 

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miércoles, 4 de noviembre de 2015

MOVILIDAD GEOGRÁFICA SSCC BMN MADRID_UOB Y CCOO EXIGEN QUE SE CUMPLA LA LEY

SSCC MADRID - COMUNICADO CONJUNTO CCOO Y UOB

La Empresa no puede rechazar el ámbito de negociación colectiva con la Representación Legal de los Trabajadores e intentar arreglar la situación con entrevistas personales en los despachos de la dirección.

El objetivo del periodo de consultas mandatado por el Estatuto de los Trabajadores (ET) no es, como pretende la Dirección, exclusivamente la negociación o mejora de las compensaciones que ofrece sino, en esencia, minimizar el impacto y el volumen de las medidas traumáticas planteadas. Hasta el momento, la Dirección se ha negado con rotundidad a discutir la posibilidad de analizar alternativas o buscar soluciones pactadas que, conciliando con las necesidades de reorganización de la empresa, puedan minimizar el número de movilidades forzosas a aplicar (y que recaerían en muchos casos por segunda o tercera vez en las mismas personas).

La Empresa excluye también de la negociación colectiva la posibilidad de analizar y establecer prioridades de permanencia, tales como cargas familiares, mayores de determinada edad, personas con discapacidad, etc., tal y como contempla el art. 40.5 ET, manifestando únicamente que analizará las situaciones individuales de la plantilla afectada de manera unilateral, fuera del ámbito de la obligada negociación colectiva que establece el ET, y sustrayendo a la Representación Legal de los Trabajadores la posibilidad de negociación de estos extremos, de vital importancia para las personas afectadas.

En consecuencia, la Dirección no está respetando el papel que corresponde a esta mesa negociadora, está vulnerando los principios elementales de la negociación colectiva y está actuando con una manifiesta mala fe negocial contraria a lo exigido por la norma.

CCOO y UOB exigen que se incorpore a esta negociación la discusión de los criterios y alternativas que puedan minimizar el impacto de la medida de movilidad geográfica forzosa propuesta y que se haga de manera urgente dados los plazos legales de que disponemos.

En el día de hoy se ha presentado a la Dirección de BMN una PROPUESTA CONJUNTA de TODA LA REPRESENTACIÓN LABORAL que explicaremos en un próximo comunicado.

martes, 3 de noviembre de 2015

MOVILIDAD GEOGRÁFICA SSCC BMN MADRID. REUNIÓN PERIODO CONSULTAS 3 de noviembre

COMUNICADO CONJUNTO CCOO Y UOB
UN DURO GOLPE HOY A LA PLANTILLA DE SSCC DE MADRID
En la reunión de hoy ante la dirección de BMN, los miembros de UOB y CCOO, en común, han salido a defender que las personas de SSCC puedan optar a un puesto de trabajo en la localidad deseada donde BMN mantenga presencia.
Hemos defendido que la Dirección de BMN retome las decisiones tomadas en las que, claramente, no se ha tenido en cuenta a un gran número de personas. Estos son los datos:
Origen
Destino
GRANADA
MURCIA
MADRID
Total
BMN
3
13
51
67
CAIXA PENEDES
3
28
20
51
CAJA GRANADA
40
25
10
75
CAJA MURCIA
5
45
23
73
SA NOSTRA
7
28
11
46
Total
58
139
115
312

Hemos constatado que de las 312 personas, 177 no podrán mantener la esperanza de ubicarse en un destino acorde a sus necesidades personal y familiares. Un 57% del total de la plantilla resultan perjudicados por esta medida. Del resto, 43%, nos alegramos de su vuelta a casa.

Hemos constatado también que de los 124 centros descritos en el censo, en 45 de ellos ningún miembro (83 personas) retorna a su localidad de origen, sin querer escuchar nuestras propuesta para dar solución a esta situación manifiestamente injusta e incomprensible.  Y es solo un ejemplo.

BMN cierra este debate con la frase “El traslado se hará tal y como está definido”. Y ahora nos preguntamos: ¿Pretenden tratar de forma individual todos los problemas generados por esta obstinación desde laoficina de atención al empleado? Algo que se niega en la negociación colectiva, ¿Se puede garantizar individualmente? ¿Cuál será el peaje que habrá que pagar?.

Terminado este punto, BMN se reitera en su propuesta anterior con unos mínimos incrementos:
  • La ayuda de alquiler pasa de 500€ a 600€ brutos y pasa de 18 a 20 meses.
  • La indemnización por desvinculación de la empresa pasa de 22 a 25 días por año trabajado y un tope máximo que pasa de 13 a 20 mensualidades, en un alarde de generosidad para los que se vean obligados a desvincularse por una movilidad geográfica imposible para ellas/os.
  • Los gastos de mudanza justificados (2.500€) y los desplazamientos semanales de Granada o Murcia a Madrid hasta junio de 2016, para los que tengan hijas/os escolarizados en Madrid, los mantienen como al principio.
Mañana nueva reunión de la comisión negociadora.

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lunes, 2 de noviembre de 2015

REUNIÓN DEL COMITÉ DE EMPRESA SSCC BMN MADRID 2 de noviembre

COMUNICADO CONJUNTO DE CCOO Y UOB
¡QUE NO SE SILENCIE LA VOZ DE LA PLANTILLA!

En el día de hoy, una nueva reunión del Comité de Empresa de los Servicios Centrales de Madrid ha terminado sin ningún beneficio para la plantilla, ante la decisión de la mayoría SESFI–UGT de no querer elaborar propuestas en común para presentarla en la reunión de la Comisión Negociadora de mañana día 3 de noviembre, con la empresa.

Tanto UOB como CCOO, escuchando la voz de la plantilla y atendiendo ​las inquietudes recibidas por los diferentes medios habilitados, han llevado a la reunión del Comité de hoy una batería de propuestas preparadas por sus delegadas y delegados en el Comité pero, ante la falta de estas, tanto de UGT como de SESFI y su negativa (7 votos en contra, contra 6 a favor) a preparar trabajo alguno en común, la reunión se ha dado por concluida igual que empezó.

Esta forma de actuación de UGT y SESFI nos ha dejado perplejos. Mañana en la Comisión presentaremos y defenderemos nuestras propuestas ante la empresa. Esperaremos, ahí sí, el respaldo del resto de la representación laboral.

No estaría de más que la plantilla se dirigiera a UGT y SESFI para instarles a recapitular y coordinar la defensa de los intereses de las personas afectadas por esta medida de movilidad geográfica.

Seguimos trabajando en mejorar las condiciones que quiere la empresa: organizativas, económicas y, principalmente, humanas, por respeto a las mujeres y hombres de esta empresa y al esfuerzo que vienen realizando desde la integración.

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viernes, 23 de octubre de 2015

NOTA INFORMATIVA PROCESO REPLIEGUE SSCC BMN MADRID

NOTA INFORMATIVA

UOB y CCOO convocan a sus afiliaciones de los SSCC de Madrid a una reunión con carácter informativo, el próximo día 27 de octubre a las 17,00 h., en C/ Lope de Vega nº32-2ª planta –sala 2.1 “las trece rosas”.
El motivo de la reunión es informar y recabar información sobre el inicio del periodo de consultas, por traslado colectivo, comunicado por la Dirección de Relaciones Laborales.
Esta reunión tendrá CARÁCTER ABIERTO para que puedan acudir todas aquellas trabajadoras y trabajadores de los SSCC de Madrid que quieran asistir a la misma.

¡OS ESPERAMOS!

ACUERDOS ADOPTADOS POR UOB Y CCOO EN COMITÉ DE EMPRESA DE SSCC BMN MADRID

UOB Y CCOO, EN SESIÓN DEL COMITÉ DE EMPRESA DEL JUEVES 22, CON LA AUSENCIA DE SESFI Y UGT, HAN ADOPTADO LOS SIGUIENTES ACUERDOS:
  • Aprobar la participación de cuatro asesores en la comisión negociadora (uno por sección sindical con representación en el CE).
  • Mantener las medidas aprobadas por este Comité para el inicio de la negociación, distribuidas por el Presidente del CE a toda la Plantilla de SSCC Madrid.
 UOB Y CCOO DESEAN QUE UGT Y SESFI, ANTES DEL 27,
SE SUMEN A ESTAS DECISIONES.

miércoles, 21 de octubre de 2015

COMUNICADO CONJUNTO DE LOS MIEMBROS DE UOB Y CCOO EN EL COMITÉ DE EMPRESA DE LOS SSCC DE MADRID

La representación laboral de UOB y CCOO en el Comité de Empresa de SSCC de Madrid, informa a la plantilla de Servicios Centrales lo siguiente:

Finalizada hoy, 21 de Octubre de 2015 a las
 11:00 horas,  la reunión informativa con la Dirección  de BMN en relación al traslado de Servicios Centrales a las ciudades de Granada y Murcia, y tras la comunicación de que el inicio del periodo de consultas para la negociación colectiva será el 27 de Octubre 2015, el Presidente del Comité de Empresa, Félix Rodrigo, haciendo caso omiso de las manifestaciones de los representantes de UOB y CCOO, ha convocado mediante correo electrónico e invocando la mayoría de SESFI y UGT, una reunión extraordinaria y urgente del Comité para las 11:10 horas de hoy.

El Presidente no ha atendido los requerimientos de UOB y CCOO sobre la improcedencia de la convocatoria (tiempo y forma) y la imposibilidad de la asistencia de algunos miembros. Consideramos, por tanto, que cualquier acuerdo adoptado en la reunión de hoy no tiene validez.
Ante la actitud beligerante del Presidente del Comité y la manifiesta vulneración de derechos, toda la representación de UOB y CCOO, en protesta, ha abandonado la sala.