lunes, 16 de enero de 2017

HORARIO ESPECIAL


SEMANA GRANDE SANT SEBASTIÀ

Con motivo de la Fiesta de Sant Sebastià, en Palma de Mallorca, CCOO BMN recuerda a la plantilla que el horario especial para los días 16, 17, 18 y 19 de enero, según acuerdo de homologación firmado el 17 de diciembre de 2013 entre la Dirección y la mayoría de la Representación Sindical, es de:

9.00 a 13.30h para la plantilla.

El horario de atención al público lo determinará la Dirección, en cada caso, por circuito interno (código 9139 en la Intranet de BMN).

La plantilla afectada por la reducción del 20% de jornada diaria (*), ha de reducir igualmente su jornada, entrando a las 9,54h o saliendo a las 12,36h (según opción acordada). 

Para la compensación de festivos, las personas afectadas por reducción del 20% de jornada acumulada en un solo día a la semana y que coincida con el día festivo del viernes Sant Sebastià, este día pasa al inmediato hábil anterior.


(*) Esto es para las reducciones de jornada del 20% derivadas de la aplicación del ERTE/2013. Para las demás reducciones de jornada que pueda haber, deberemos estar al correspondiente % de reducción.

Nota: El cartel oficial de BMN para informar a la clientela lo encontrarás en Inostrum con el código 9124.
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viernes, 13 de enero de 2017

CLAUSULAS SUELO Y GASTOS DE HIPOTECA: RECLAMACIONES DE CLIENTES


El 21 de diciembre, el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) dejaba sin efecto la limitación en el tiempo de los efectos de la nulidad de las clausulas suelo dictada por la justicia española. Y, en liza ahora, los gastos derivados de la constitución de las hipotecas, como indica el Tribunal Supremo en su sentencia del 23 de diciembre de 2015, y que ha cobrado protagonismo estos días.

Ante estas noticias, aireadas en los medios de comunicación como un triunfo de los consumidores sobre los abusos cometidos por los "ideólogos" de la banca, se han sucedido un aluvión de reclamaciones de clientes que acuden a las oficinas para reclamar lo pagado en exceso por la aplicación de su clausula suelo. Algunos optan por poner en manos de un abogado su reclamación y otros optan por canales menos conflictivos para las oficinas como el Servicio de Atención al Cliente de BMN.

Al margen del canal elegido para cursar su reclamación, proporcionar la documentación requerida por cada cliente lleva bastante tiempo y amplía tensiones por los nuevos costes que se repercuten al reclamante. Costes que la Dirección debería replantearse de inmediato.

Esta problemática no es ajena a ninguna oficina y mucho menos puede ser ajena a la Dirección de BMN que suponemos y esperamos haya previsto con antelación su repercusión económica, provisionando en cuantía suficiente esta contingencia que se veía venir. Y como no es la plantilla la "ideóloga" de esta praxis, que no recaigan una vez más sus consecuencias sobre ella. 

Mientras Gobierno, oposición, Ministerio de Economía, patronal, etc. tratan de llegar a un acuerdo sobre este asunto, BMN guarda silencio ante su propia plantilla tras el exiguo Comunicado de Área del 21 de diciembre emitido por la Dirección de Negocio. ¿Y quién apoya a las oficinas?

CCOO reclama con urgencia un protocolo de actuación sobre las reclamaciones de clausulas suelo y gastos derivados de hipoteca, para poder gestionar de forma correcta y ágil estas reclamaciones, de acuerdo a derecho, y dar una adecuada respuesta a los clientes (de los cuales no podemos prescindir) garantizando una salida limpia de este proceso para la marca BMN y su plantilla, muy cercana a esta clientela perjudicada.

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miércoles, 11 de enero de 2017

RECLAMACIÓN COMPENSACIÓN PRESTACIÓN SEPE 2016


Reducción de Jornada del 20% acumulada en un día

Te recordamos que durante todo el ejercicio 2017 puedes realizar la solicitud a la empresa de las compensaciones que puedan corresponderte del año 2016 por las prestaciones de desempleo que el SEPE no asume, en el caso de que, por aplicación del Acuerdo Laboral del 28 de mayo de 2013, estés en reducción de jornada del 20%. El abono de la compensación se realizará en nómina, siempre y cuando RRHH reciba toda la documentación con anterioridad al día 15 del mes en que la remitas.

En la Comisión de Seguimiento, integrada por todos los sindicatos firmantes del acuerdo (CCOO entre ellos), se acordó un mecanismo para que las personas afectadas podáis ser compensadas por las cantidades económicas que la Administración no satisface. Nos referimos a que BMN descuenta el 20% del salario, mientras que la prestación pública no siempre alcanza ese 20% dado que la Administración cuenta por días sueltos. Esto sólo afecta a aquéllos cuya reducción de jornada se acumula en un único día a la semana.

Para ello hay que remitir a RRHH 9511@bmn.es, aparte de los datos obvios (nombre, matrícula, número de cuenta de abono), los siguientes:

  • Fecha de inicio de la reducción de jornada.
  • Importe diario de la prestación reconocida.
  • Número de días realmente cobrados de desempleo, detallados mes a mes (según las distintas notificaciones que habréis ido recibiendo).

Además, si durante el periodo de reducción de jornada, has estado en situación de baja laboral, maternidad o paternidad, es posible que tengas derecho a una compensación adicional.

Si es tu caso y estás afiliada/afiliado a CCOO, no dudes en contactar con tus  delegadas y delegados para que te ayuden a realizar el cálculo y resolver tus dudas si así lo necesitas.

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martes, 10 de enero de 2017

PROGRAMA DE FORMACIÓN MiFID II



La EFPA ha publicado las primeras guías de las certificaciones que se van a tener que realizar (EIA para el personal que informa y EIP para el personal que asesora). La obtención por parte de las plantillas de dichas certificaciones va a suponer un esfuerzo extraordinario de dedicación a la formación para la mayoría de las trabajadoras y los trabajadores.

Por tal motivo, CCOO consideramos necesario que el proceso se lleve a cabo con una planificación e información adecuada, así como una compensación que permita a las plantillas realizarlo con las mayores garantías profesionales y laborales.

Es por ello que les hemos propuesto que se establezca un guión base de información que las entidades han de facilitar tanto a la Representación Laboral como a las plantillas:

  • Si van a optar por hacer la formación requerida.
  • Plantilla que debe realizar esa formación.
  • Líneas generales de la formación: Calendario, horas de formación (online/presencial), escuela o centro que hará la formación, organismo que certificará la formación.
  • En el caso de que toda -o parte- de esa formación deba realizarse fuera de la jornada laboral, cómo se compensará el tiempo extra dedicado a la misma (por ejemplo, el criterio de compensación puede establecerse a nivel sectorial de la siguiente manera: horas/carga lectiva = días de compensación.
  • Consecuencias en caso de no conseguir la acreditación después de realizar la formación.
  • Plantilla que ya haya realizado –o esté realizando- esta formación a los efectos de su convalidación con las directrices de la ESMA.
  • Si se facilitará el acceso a esta formación a aquellas personas que, por el puesto de trabajo que ocupan actualmente, no están obligadas a ella pero puedan estar interesadas en realizarla.
  • Responsabilidad personal de las y los profesionales una vez obtenida la acreditación.
  • Si van a revisar los códigos éticos –con participación de la RLT- para incorporar a los mismos las formas de actuación de la normativa europea.
  • Cualquier otro aspecto relacionado con este tema que consideren de interés para las plantillas.

Esperamos que CECA y sus entidades asociadas sean receptivas a los planteamientos de CCOO por la importancia y repercusiones que este tema va a tener en el futuro inmediato, tanto para las entidades como para el conjunto de las plantillas.

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