miércoles, 27 de julio de 2016

OPOSICIONES PARA PROMOCIÓN POR CAPACITACIÓN EN BMN



BMN consigue suprimir, con ayudas, las oposiciones pendientes de 2013
(que no suprime el ERE de 2013)

BMN y la mayoría sindical suprime las oposiciones atrasas, con efectos económicos del 2013, y 60 plazas de Nivel X y 60 de Nivel VIII, para convocar oposiciones con efectos económicos 1/1/2017 y la mitad de plazas a concurso.

Las cajas de origen convocaron sus últimas oposiciones entre 2009 y 2010. El Convenio Colectivo (CC) 2011-2014 obligaba a las entidades a convocar nuevas oposiciones en un periodo de tres años máximo. Por tanto 2013 era el año de las nuevas oposiciones en BMN, que se han ido dilatando con una comisión de trabajo  torpedeada continuamente.

Ante el retraso en la convocatoria se presentó demanda ante la Audiencia Nacional que tenía fijada su vista para el 14 de septiembre próximo, solicitando sentencia condenatoria para la convocatoria con efectos económicos de 2013, censo de plantilla a 31/12/2012,  y 120 plazas (3% según Art. 26.1 del CC)

BMN siempre pensó que las oposiciones desaparecerían del nuevo convenio, pero no ha sido así y se ha visto obligada a convocarlas, pero CON TRAMPA. Y para ello ha utilizado a esta facilona mayoría que le ha firmado oposiciones con efecto económico 1/1/2017 y censo de 31/12/2014. Así se ahorran las del 2013 y, de paso, reducen las plazas a la mitad (60)

Ahora queda saber si la Audiencia Nacional respaldará los argumentos del resto de la representación sindical no firmante del nuevo acuerdo, sabiendo que más del 51% de la representación sindical ha modificado el Convenio a favor del banco. Una mayoría sindical que el banco usa a su capricho.

Os dejamos el trabajo realizado por CCOO en defensa del modelo de oposiciones que reclamábamos, buscando un proceso objetivo y limpio con efectos económicos retroactivos para 2013.
NO ESTÁS SOLA, NO ESTÁS SOLO

Porque son muchas las razones, afíliate CCOO

martes, 26 de julio de 2016

LA IGUALDAD DE “HECHO”, PARA OTRA OCASIÓN EN BMN

BMN SEGUIRÁ MARGINANDO A LAS PAREJAS DE HECHO

El pasado 21 de julio, en la reunión de la Mesa Laboral, CCOO pidió una vez más y tras la firma del Convenio Colectivo, se equiparara el disfrute de 15 días de permiso por constituirse como pareja de hecho, en igualdad de condiciones a los matrimonios tradicionales (CC Art.38. a) entendiendo que, al firmarlo UGT y CSICA en Mesa de Convenio, sus representantes en BMN modificarían su actitud, apoyando la propuesta de CCOO. Lamentablemente, NO ha sido así, sino que, además, se reafirman.

Este acuerdo en BMN recoge en su punto 1.- Matrimonio, que las uniones de hecho disfrutarán del derecho del permiso de 15 días naturales una vez transcurridos dos años desde la fecha de registro. Una medida que BMN introdujo como medida ¿disuasoria? ¿experiencia negativa? o, simplemente ¿una cuestión de principios patrios?

¿DE QUÉ VALORES HABLAMOS EN BMN?

Al prevalecer el Acuerdo de BMN al Convenio Colectivo, habrá que esperar tiempos mejores para que las parejas de hecho puedan disfrutar de la igualdad que otros acuerdos les conceden. CCOO lo seguirá intentando y estudiará si esta manifiesta discriminación en BMN se puede modificar por otra vía.


NO ESTÁS SOLA, NO ESTÁS SOLO
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lunes, 25 de julio de 2016

EXCEDENCIAS VOLUNTARIAS EN BMN



AMPLIACIÓN EXCEDENCIAS VOLUNTARIAS REMUNERADAS

BMN amplia las excedencias anuales, voluntarias y remuneradas, a las trabajadoras y trabajadores nacidos antes del 1 de agosto de 1962.



Las condiciones se mantienen (Acuerdo 10/12/2015): 

  •  Tener 10 años de antigüedad en la empresa. 
  •  Finalización de contrato el 31/12/2016, prorrogables de mutuo acuerdo entre las partes por años naturales. 
  •  Percibir de la empresa una compensación, en concepto indemnizatorio, equivalente al 50% de la retribución bruta anual, con un mínimo anual de 25.000,00 € 
  •  En caso de suscribir Convenio Especial con la Seguridad Social, la empresa se hace cargo del importe de las cuotas.

Os recordamos que CCOO no ha dado su conformidad a las condiciones de estas excedencias por lo que, en caso de estar interesadas/os, para cualquier consulta al respecto, os podéis poner en contacto con las delegadas y delegados de CCOO de vuestro territorio y/o con la Sección Sindical.

NO ESTÁS SOLA, NO ESTÁS SOLO 
Porque son muchas las razones, afíliate aCCOO

miércoles, 20 de julio de 2016

¿QUÉ INTERESES DEFIENDE SESFI?

La Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía desestima la pretensión del SESFI (anteriormente SELG en CajaGRANADA) de considerar la reserva de puesto de trabajo de las excedencias remuneradas del ERTE/2013 en ¡¡tan solo un derecho preferente de reingreso en el Banco, sin reserva de plaza!! UGT y CGT, no sabemos si se posicionan en la misma línea, ya que se manifestaron en su día con los mismos postulados.

Para la Consejería de Empleo y para CCOO, se trata de una reserva de puesto de trabajo con incorporación, el 1 de enero de 2018, en el centro de partida de su excedencia.

El SELG,  sindicato con origen CajaGRANADA, que garantizó con su firma en 2013 estas reincorporaciones inmediatas, ahora como SESFI, lucha por sembrar dudas sobre este derecho. ¿A quién defiende? La respuesta solo la tiene quien así lo ha defendido en la vista del pasado 29 de junio.

SESFI pretende que tres trabajadoras, en el programa de excedencias remuneradas recogido en el Acuerdo de 2013, no pueden ejercer su derecho al voto en las elecciones sindicales de su oficina de origen. En cambio, el Laudo Arbitral respalda la decisión de los miembros de la Mesa Electoral de la Oficina de Jerez de la Frontera que aceptaron en el censo a las tres trabajadoras en excedencia remunerada de esta oficina para su participación en las elecciones sindicales, garantizando sus derechos.

Pero el SESFI, en su impugnación defiende ante la Administración que se trata de excedencias que ¡¡“tan solo conservan un derecho preferente de reingreso en el Banco, y ello, al haber solicitado una excedencia voluntaria”!!

1.    ¿Qué fue de lo que firmó el SELG-CajaGRANADA en el Acuerdo del 2013?
2.    ¿Qué pretenden conseguir o, a dónde quieren llegar con este proceso?

Para CCOO es incomprensible este ataque a los derechos de las tres  trabajadoras  de este centro y más aún poniendo en riesgo los de más de 70 excedencias en idénticas condiciones. Más parece una acción premeditada de la dirección de BMN.

Ahora habrá que esperar si inician el procedimiento judicial  ante los tribunales de justicia para seguir defendiendo su ¿brillante tesis?

¿Contra qué colectivo irán en la próxima oportunidad que tengan?
  
CCOO RECUERDA A SESFI, UGT Y CGT QUE ESTAS EXCEDENCIAS
HAN SALVADO PUESTOS DE TRABAJO.


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lunes, 11 de julio de 2016

CCOO CONSIGUE LA REVISIÓN DE EXPEDIENTES BLOQUEADOS DE JUBILACIÓN ANTICIPADA

En el año 2011, la Ley de de reforma de la seguridad social modificó los requisitos para acceder a la jubilación anticipada involuntaria, estableciendo que quienes accediesen a esta modalidad de jubilación debían haber sido objeto de despido objetivo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Sin embargo, la Seguridad Social  empezó a denegar la jubilación anticipada involuntaria a aquellas trabajadoras y trabajadores afectados por un despido objetivo individual (despido con causa objetiva que al ser recurrido vía judicial o mediante conciliación era reconocido improcedente).

Ante la injusticia de esta práctica, CCOO luchó para que se revisara este criterio, consiguiendo que el INSS emitiera una nota interna dándonos la razón y ordenando la revisión de todos los expedientes desestimados por esta causa desde Noviembre del 2015.

Con posterioridad se produjo una discrepancia entre los servicios de Intervención General de la Seguridad Social y el INSS que, finalmente, ha acabado con la confirmación del criterio de CCOO ratificado en su oficio por el INSS.

Por ello, se ha ordenado que los expedientes afectados por esta situación que se encuentran en fase de reclamación administrativa sean revisados. Igualmente, CCOO ha pedido que se aplique el mismo criterio a los expedientes que se encuentren en fase de reclamación  judicial y que se revisen todos los expedientes denegados, y no recurridos, en los últimos meses. Para estos últimos, el INSS indica que carece de herramientas para ello y nos insta a que las afectadas y afectados realicen de nuevo la solicitud de jubilación.

Y es en este caso donde debemos hacer un último esfuerzo para localizar a los afiliados/as que pudieran encontrarse en esta situación e informarles del nuevo criterio del INSS que les favorece.

Pedimos vuestra colaboración para difundir esta información y poner en valor este nuevo logro de CCOO. Porque los #sindicatosirven. Y gracias a su quehacer diario, mejoramos la vida de la gente. 

Para completar la información pincha aquí


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martes, 5 de julio de 2016

DESGRANANDO EL PLAN DE IGUALDAD DE BMN (II)

ACCIONES DE COMUNICACIÓN


Objetivo definido en el Plan de Igualdad: “Garantizar el conocimiento de las medidas de este plan y su contenido, así como para divulgar la necesidad de la igualdad de oportunidades en la empresa y para facilitar la inclusión y visualización de todos los colectivos.”

Se engloban en este apartado acciones como revisión del lenguaje en todos los documentos; uso de un lenguaje no excluyente en las comunicaciones; cuestionarios sobre igualdad; buzón de la Comisión de Igualdad; difusión del Plan de Igualdad de BMN.

Todas estas medidas tienen en común la falta de concreción para su realización o, incluso, en algunas de ellas, una carencia de definición de acciones a realizar tras ejecutar las mismas.

Así por ejemplo, no se indican las personas encargadas para su realización, o no se establecen plazos,… En el caso concreto del cuestionario sobre igualdad se hace referencia a un encuesta de clima laboral que BMN no tiene intención de abordar en ningún momento al no querer incorporar evaluación de riesgos psicosociales; recordemos también que la Dirección de BMN no quiso participar en la encuesta de opinión sobre igualdad remitida durante los meses de julio y agosto de 2015.

Se determina que la Comisión de Igualdad se dotará de un buzón (entendemos que un correo electrónico, aunque no se especifica), pero no se regula su uso y acceso. Esperemos que nadie se atribuya la voz de la Comisión de Igualdad en BMN cuando existen claras diferencias en cómo vemos la igualdad tanto la parte empresarial como las distintas secciones sindicales de la parte social (CCOO, UOB y CGT no suscriben el acuerdo)

La difusión del Plan de Igualdad parece que la han salvado con la publicación del acuerdo firmado el pasado mayo, junto con el resto de acuerdos alcanzados ese día, y que la implicación de toda la empresa y a todos los niveles tal vez se reduzca alresumen que del Plan de Igualdad ha hecho llegar el Director de Relaciones Laborales al Comité de Dirección y al Consejo de Administración de BMN. (Buena forma de demostrar la implicación de todos los niveles remitiendo un resumen de un documento que ya de por sí es bastante escueto).

Desde CCOO consideramos que son medidas imprecisas, algunas de ellas con una clara voluntad de no realización por parte de la Dirección de BMN, y cuya puesta en marcha puede dilatarse en el tiempo.

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