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viernes, 1 de diciembre de 2017

ANTIGÜEDAD

NUEVOS RECONOCIMIENTOS DE ANTIGÜEDAD EN BANKIA

Bankia continúa con el proceso de reconocimiento a efectos de antigüedad de los periodos en los que la persona trabajó como ETT o con un contrato temporal en la Caja de origen.

En una cuarta fase de la Comisión de Seguimiento del Acuerdo de 19/07/2016, CCOO, ACCAM y CSICA junto con la empresa, han acordado un reconocimiento total o parcial a 167 solicitudes presentadas, que se suman a las más de 2.400 personas beneficiadas ya con esta medida del Acuerdo, aparejado, en no pocos casos, a un ascenso de Nivel profesional.

En BMN, CCOO ha dirigido las reclamaciones judiciales individuales para el reconocimiento de antigüedad, ante la negativa del banco a su reconocimiento, ganando en firme todas ellas durante años.

Esperamos que las que quedan pendientes por resolver en los tribunales, puedan ser derivadas en Bankia a la Comisión de Seguimiento para su reconocimiento, anulando las tramitaciones judiciales en curso de BMN. 


ESTAMOS CCOONTIGO

 Porque son muchas las razones, afíliate a CCOO

lunes, 13 de noviembre de 2017

LA HERENCIA PARA BANKIA

Un sinfín de cuestiones que Bankia hereda
MESA LABORAL EN BMN 8 de noviembre (y III)

ANUNCIO: La Dirección comunica el abono de los incentivos del primer semestre de 2017 en la nómina de noviembre.  

1.- CCOO aclara que las personas que hayan ascendido entre los niveles VIII a I en el periodo comprendido entre el 01/06/2013 y la fecha actual y no tengan liquidada la parte proporcional del Trienio devengado con anterioridad al 01/06/2013 (Art. 42.6 CC), deberán reclamarla a RRHH o ponerse en contacto con CCOO para su revisión.

2.- La Denuncia interpuesta por CCOO ante la IT y que tiene fijada la vista para el próximo 14 de noviembre, reclama la transparencia en la información de las personas en situación de excedencias, suspensiones y subrogaciones a empresas del grupo y externas, imprescindibles para su cómputo en plantilla de BMN ante la integración en Bankia.

3.- La regularización del pago de la parte devengada de Trienio, recogido en el Convenio Colectivo (Disposición Adicional 3ª) que se encuentra recurrida por BMN ante la sentencia a favor de CCOO en la Audiencia Nacional, la Dirección se resiste a regularizarla. En Bankia se abonó a la plantilla tras la firma del Convenio.

4.- CCOO aprobó en la sesión del Comité de Seguridad y Salud de abril de 2016 junto con el resto de secciones sindicales y la Empresa, el Procedimiento para la prevención de riesgos durante el embarazo, parto reciente y lactancia natural, como el Protocolo de prevención y actuación ante la violencia externa y acoso, tan necesarios y que, a día de hoy, no se han presentado en Mesa Laboral para su ratificación, no pudiendo activarse por tal causa, sin explicación alguna que lo justifique.  

5.- CCOO manifiesta la falta de transparencia en el pago del variable y de los pluses funcionales en BMN, mientras, Bankia los tiene regulados por acuerdo laboral con la representación sindical.

6.- Por último, CCOO seguirá insistiendo en las consolidaciones comprometidas por BMN para los ascensos por carrera profesional y las múltiples reclamaciones por antigüedad con contrato directo en las cajas de origen que hoy se encuentran en los juzgados y que Bankia, una vez más, regulariza con la sola presentación del certificado de la vida laboral de la Seguridad Social.   

Y nos vamos a Bankia solo resolviendo, en los últimos años, aquellas reclamaciones colectivas que, previamente, CCOO ha presentado ante la Administración, la Inspección de Trabajo y los tribunales de justicia. Un trabajo que ha permitido a CCOO defender los derechos de la Plantilla de BMN.

Comunicado en PDF


ESTAMOS CCOONTIGO

martes, 29 de noviembre de 2016

CCOO SIGUE GANANDO SENTENCIAS PARA EL RECONOCIMIENTO DE ANTIGÜEDAD



Ante un tiempo en que la mayoría sindical parece haber olvidado la defensa de los derechos de la plantilla,  son los Tribunales quienes están dando la talla.

Tras la gran victoria de la anulación del acuerdo de externalizaciones, injusto y excesivo, que sirvió para destruir empleo (no lo decimos nosotros, lo dice la sentencia), estamos viendo como, este año 2016, está siendo fructífero en el reconocimiento por los Juzgados del tiempo efectivo con contratos eventuales a los efectos de la promoción por experiencia, del que CCOO os hemos informado en ocasiones anteriores.

A los juicios ya ganados en Jaén, Granada, Murcia y Baleares se han unido hasta una docena más de demandas resueltas favorablemente en 2016, para que se aplique la jurisprudencia asentada en la materia.

Estas demandas, han supuesto para el Banco tener que pagar más de 25.000€ a estas compañeras y compañeros por salarios adeudados; deuda fruto del retraso indebido, por parte de la empresa, del momento de acceder al nivel superior, al no considerar los periodos de contratación eventual a los efectos de promoción por experiencia.

Es un tema resuelto por el Tribunal Supremo pero el Banco, deliberadamente, no lo aplica a pesar de conocer lo incorrecto de su proceder. Aproximadamente 20 juicios perdidos por BMN en esta materia. Se ha llegado a sancionar con una multa a BMN por la temeridad de obligar al trabajador a demandarle, en un tema en el que conocía que el derecho amparaba la postura del compañero.

Te animamos a que te pongas en contacto con CCOO si crees que este tema te puede afectar. ¿Qué sentido tiene luchar por obtener nuevos derechos, ventajas laborales, si luego no reclamas los tuyos? Además. la postura del Banco está suponiendo un enriquecimiento injusto, fruto de los salarios que deberían estar pagando a las personas afectadas por este tema y que solo pagan si se ponen estas demandas .

ESTAMOS CCOONTIGO 
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viernes, 7 de octubre de 2016

PROMOCIÓN POR EXPERIENCIA EN BMN

COMPRUEBA TU NÓMINA

El Convenio Colectivo de Cajas de Ahorros y Entidades Financieras de Ahorro (CCA) establece, en sus artículos 24 y 25, el sistema de promoción dentro de los grupos profesionales 1 y 2, únicamente teniendo en cuenta el tiempo de permanencia en cada uno de los niveles.

Dentro del Grupo Profesional 1(1), la promoción se realiza de la siguiente manera:

Nivel procedencia
Tiempo pemanencia
Nivel objetivo
Nivel XIV
1 año
Nivel XIII
Nivel XIII
1 año
Nivel XII
Nivel XII
3 años
Nivel XI
Nivel XI
7 años
Nivel X
Nivel X
4 años
Nivel IX
Nivel IX
4 años
Nivel VIII

Y en el Grupo Profesional 2(2), la promoción sería:

Nivel procedencia
Tiempo pemanencia
Nivel objetivo
Nivel V
2 años
Nivel IV
Nivel IV
3 años
Nivel III
Nivel III
3 años
Nivel II

En ambos grupos, el Convenio Colectivo determina que se computa como tiempo de permanencia los correspondientes a excedencias forzosas y suspensiones con reserva de puesto de trabajo.

Como garantía adicional, el Acuerdo Laboral de 2013, establece que a las trabajadoras y trabajadores adscritos a las suspensiones de contrato o reducciones de jornada, se les mantendrán todas las condiciones y beneficios sociales como si estuvieran en activo a tiempo completo.

Para conocer la fecha de tu próximo ascenso vinculado al tiempo de permanencia, puedes realizar este sencillo cálculo: 
  1. Localiza en tu nómina la fecha del último cambio de nivel y el nivel actual.
  2. Suma a dicha fecha el tiempo de permanencia requerido según el nivel de procedencia (tu nivel actual) y lo indicado en las tablas anteriores.
  3. A la fecha anteriormente obtenida, suma 19 meses(*) como máximo por aplicación de la suspensión del cómputo del tiempo a efectos de ascensos contenida en el Acuerdo Laboral de 2013.

(*) El período de suspensión del cómputo del tiempo a efectos de ascensos comprende desde el 01/06/2013 al 31/12/2014. Si tu fecha de último cambio de nivel es superior al 01/06/2013, deberás obtener el número de meses de suspensión restándole al 31/12/2014 tu fecha de último cambio de nivel.

(1) Grupo Profesional 1: “Vinculados directamente con la actividad financiera, crediticia y cualquier otra específica de las Cajas de Ahorros…” Art. 15 CCA
(2) Grupo Profesional 2: “Quienes desempeñen funciones o realicen trabajos o servicios propios de oficios o especialidades…” Art. 15 CCA


Si detectas alguna incidencia o tienes alguna duda,
dirígete a tus delegadas y delegados de CCOO.

Descargar comunicado en PDF

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lunes, 23 de febrero de 2015

RECONOCIMIENTO DE LA ANTIGÜEDAD REAL Y EFECTIVA. Nueva victoria judicial de CCOO en BMN.

Nueva victoria judicial de CCOO Grupo-BMN en el reconocimiento de la antigüedad real y efectiva a dos compañeras más.

Nuevo juicio contra BMN por el reconocimiento de todos los contratos temporales como tiempo trabajado a los efectos de la promoción por experiencia. En este caso, además, con el reconocimiento de una importante cantidad a pagar por el banco por salarios atrasados.

En este caso han sido dos compañeras las que, gracias a los Servicios Jurídicos de CCOO, han visto como el reconocimiento de todos los contratos temporales a los efectos de promoción por experiencia les ha supuesto acceder a un nivel salarial superior y que se les abone entre las dos más de 17.000€ por los salarios dejados de percibir al computar mal el banco la antigüedad.

Este episodio no es más que un capítulo en una batalla en la que todas las compañeras y compañeros que han reclamado este mismo derecho han obtenido una victoria. Al menos todos los que lo han defendido a través de este sindicato y utilizando nuestros servicios jurídicos de CCOO.

Lo triste es que estén obligando a cada persona a tener que acudir a los tribunales a pesar de conocer que este es un tema ya resuelto. Hemos pedido varias veces a las antiguas cajas y ahora también al banco que reconozca este derecho sin necesidad de demanda, pero la dirección juega con el temor que le produce a un trabajador denunciar a su empresa.


Los tribunales son claros y aquí os transcribimos el fallo de esta última sentencia


Desde aquí volvemos a hacer un nuevo llamamiento al banco para que todos los trabajadores que han  tenido contratos temporales vean reconocido dicho tiempo a todos los efectos, incluido el de promoción por experiencia. Es muy difícil para las personas que trabajamos en esta empresa transmitir a nuestros clientes confianza en BMN si vemos que por otro lado que la dirección no cumple con la legalidad en lo que respecta a las relaciones laborales. Se trata de un tema ya resuelto como dice el Juez en esta última sentencia.

A mediados de febrero hay un nuevo juicio en el que otra compañera ha tenido que demandar al banco para ver computados en su antigüedad todos sus contratos temporales. Y los que vengan mientras el banco no rectifique su actitud.

Si crees que puedes estar en esta situación, has tenido contratos temporales que no te han sido computados en tu antigüedad, ponte en contacto con nuestros delegados y delegadas y te informaremos de cómo te pueden afectar estas sentencias.

NO ESTÁS SOLA, NO ESTÁS SOLO