Permisos Individuales de Formación
¿Quieres
ampliar tus estudios pero te falta tiempo?
En
un marco laboral tan inestable para el empleo, como el que nos ha tocado vivir,
la cualificación profesional es
altamente valorada y para conseguirla se impone llevar a cabo un proceso de
formación continua.
La
escasez de tiempo y la dificultad
para combinar la formación con otras facetas de nuestra vida nos impiden llevar a cabo los estudios que nos gustarían.
Como
empieza el curso académico y puede
que estés interesado/a en seguir algún curso para el que necesitas pedir
permiso, te informamos que existen los
denominados PIF (Permisos Individuales
de Formación).
Las becas PIF son un
derecho que han negociado los sindicatos en el ámbito del IV Acuerdo de
Formación para el Empleo, con el fin de favorecer el desarrollo
profesional y personal de todos los trabajadores y trabajadoras de este país.
¿EN QUÉ CONSISTE EL PIF?
Es
un permiso remunerado que concede la
empresa a un trabajador/a para hacer
uso de, hasta un máximo de 200 horas
laborales por permiso y curso académico o año natural, para la realización
de una acción formativa que esté reconocida mediante una acreditación oficial y
sin que ello conlleve una pérdida de
salario.
¿CÓMO SE ACCEDE A UN PIF?
Existe
un modelo normalizado de solicitud del PIF que las empresas
deben poner a disposición de las personas interesadas, la cual debe ser
cumplimentada por el/la solicitante, donde se recogen
los datos principales de la formación que desea realizar.
La
empresa debe contestar por escrito
al empleado/a, y la denegación del permiso ha de estar motivada por razones
organizativas o de producción.
Asimismo
la empresa debe informar en todo
momento a los representantes de los
trabajadores/as de los casos, por lo que siempre podréis contar con el
asesoramiento de vuestro delegado/a sindical.
Si eres afiliado/a
de CCOO también podremos intervenir en tu nombre.
¿PARA
QUÉ SE PUEDE SOLICITAR UN PIF?
Existen muchas acciones
formativas para las que solicitar este tipo de permisos:
·
Acciones
formativas reconocidas mediante una titulación oficial del Ministerio de Educación,
incluidos los títulos propios de las universidades.
·
Acciones
formativas reconocidas mediante acreditación oficial del resto de Administraciones públicas (Ministerio
de Trabajo, Ministerio de Industria, etc.)
·
Los
títulos y certificados de profesionalidad que constituyen la oferta del Catálogo Nacional
de las Cualificaciones Profesionales.
·
El
acceso a los procesos de reconocimiento, evaluación y acreditación de las
competencias y cualificaciones profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral
o de otros aprendizajes no formales e informales, cuando se desarrolle la
normativa correspondiente.
·
Para
preparar
exámenes y trabajos y tutorías personales en la formación a distancia,
siempre que pertenezcan a las categorías anteriores.
Y
PARA MÁS INFORMACIÓN
·
Cuaderno
sobre los Permisos Individuales de Formación http://www.comfia.net/archivos/unicaja/cuaderno-PIF.pdf
·
Solicitud de
Permiso Individual de Formación