jueves, 27 de julio de 2017

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

AUDITAN EN BMN EL SISTEMA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Y, COMO ERA DE ESPERAR, NO SALE BIEN PARADA

Hablar de prevención de riesgos laborales en BMN es hacer un “brindis al sol”. Así lo pone de manifiesto la auditoría legal externa en su informe cuatrienal al que ha tenido acceso CCOO, en el que se evalúa a BMN con la calificación de BAJA-MEDIANA (un 2 en una escala de 5), por sus escasas actividades, integración, eficacia y cumplimiento normativo.

Describir su contenido sería largo y tedioso (107 páginas); solo algunos detalles:
  • Para BMN, NO se evidencian en algunas evaluaciones el riesgo de atraco como riesgo laboral.
  • Para BMN, NO se evidencian en las evaluaciones de riesgo el riesgo de trabajar con pantallas de visualización de datos (PVD)
  • BMN hace públicos, a la vista de la plantilla, protocolos no aprobados en el Comité Intercentros de Seguridad y Salud Laboral (CISS)
  • BMN NO hace evaluaciones de riesgos para las personas con discapacidades reconocidas legalmente, embarazo, exposición a campos electromagnéticos, medición de temperaturas (aparatos defectuosos), humedad, iluminación, ruidos, calidad del aire…
  • BMN NO utiliza metodologías de reconocido prestigio para evaluaciones de riesgos psicosociales que deben ser aceptadas por la autoridad laboral, Inspección de Trabajo, previo acuerdo con la Representación Laboral.
  • BMN indica que, la mayor parte de la Planificación de Riesgos se realizará a partir del mes de marzo de 2018un poco tarde…
  • Se realizan reuniones de Comité de Seguridad y Salud sin levantar acta de las mismas.
  • BMN NO ha informado a la Representación Laboral de las resoluciones de las no adecuaciones de la auditoria de 2013.
  • NO se realizan simulacros de emergencias en los centros de trabajo.
  • NO constan registros de inspecciones de seguridad, falta de vigilancia de las empresas externas.
  • NO se recogen en los partes de accidentes las causas básicas de los mismos, ni posibles acciones correctoras.
  • Se evidencia la inadecuación de la calidad de las imágenes y tamaño de las pantallas de los terminales, causando molestias visuales a la plantilla, falta de luz generalizada, cajas por los suelos, falta de estanterías, goteras, material de botiquín caducado, extintores sin sus revisiones legales, luces de emergencia apagadas, falta de limpieza, puestos de Caja que requieren estudios ergonómicos, dispensadores ruidosos… Todo ello extrapolado al conjunto de los centros de trabajo de BMN. 

Y un sinfín de irregularidades que, en conjunto, son preocupantes.

Recordamos que, tras las elecciones sindicales de noviembre de 2014, UGT y SESFI en los comités de empresa con mayoría absoluta y como buenos “socios” de la direcciónoptaron por excluir a CCOO de las delegaciones de prevención y salud laboral (prescindiendo de la única técnico superior por la representación laboral y la única asesora técnico superior externa, ambas de CCOOperjudicando, como la auditoría demuestra, al conjunto de la plantilla, mirando para otro lado y beneficiando así el deterioro generalizado a la deriva de BMN.

DE AQUELLOS BARROS, ESTOS LODOS

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miércoles, 26 de julio de 2017

LA DIRECCIÓN DE BMN SANCIONADA POR VULNERAR LA LIBERTAD SINDICAL DE CCOO

LA AUDIENCIA NACIONAL, DE NUEVO, NOS DA LA RAZÓN

Desde la firma del Acuerdo de Comunicación Sindical firmado el 18/06/14 por BMN y UGT junto con los sindicatos agrupados en SESFI (posteriormente ratificado por CGT y UOB ¿?) la Dirección ha boicoteado sistemáticamente la comunicación sindical de CCOO con la Plantilla, lo que pusimos en manos de la Audiencia Nacional ya que muchos de los comunicados de CCOO no se han distribuido entre la misma.

Ahora, dos años después, la Audiencia Nacional da la razón a CCOO, ya que entiende se vulnera la Libertad Sindical ante el continuo bloqueo, retraso u omisión en la distribución de los comunicados sindicales de CCOO a la Plantilla de BMN. Incumplimiento empresarial del Acuerdo de 18-6-14 en palabras de la Audiencia Nacional.

CCOO entendió en 2014 que el “confuso e impreciso” Acuerdo, que la Dirección consiguió sacar adelante con la complicidad de UGT y SESFI, podría entorpecer la comunicación de CCOO con la Plantilla de BMNcomo se ha podido demostrar en el juicio. Hoy, tras dos años de procedimiento, la AN dicta sentencia por la vulneración sistemática de los principios recogidos en la Constitución Española, la Organización Internacional del Trabajo (OIT), la Ley de Libertad Sindical (LOLS) y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

CCOO recuerda que las secciones sindicales, todas unidas, unos días antes de la aprobación del Acuerdo de Comunicación, manifestamos públicamente en un comunicado conjunto el rechazo a las pretensiones de la empresa de cercenar la Libertad Sindicalpero no sabemos qué pudo pasar entre el 4 y el 18 de junio para firmar semejante bodrio. En la AN hemos demostrado que algún sindicato de los firmantes dispone de libertad en la distribución de comunicados masivos entre su afiliación a las direcciones de @bmn.es, sin injerencia alguna de BMN y que se permitió la libre distribución de un comunicado, por otro sindicato firmante, con las siglas de CCOO sin nuestra autorización y consentimiento. Sin más comentarios.

La Audiencia Nacional declara la nulidad radical de estas actuaciones de la Dirección y sanciona con 626 € a pagar a CCOO por los daños ocasionados. El derecho a recurrir BMN ante el TS podrá mantener esta situación hasta la integración con Bankia. CCOO, fiel a su derecho, no dejará de informar por todos los medios a su alcance para tener informada a toda la Plantilla.

Para que no te quedes desinformad@, recuerda que puedes seguirnos en: Telegram, Blog, Twiter, Facebook, Web

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martes, 25 de julio de 2017

TRIENIO CONVENIO COLECTIVO

LA AUDIENCIA NACIONAL ACLARA EL  PAGO DEL TRIENIO EN BMN

Tras la Sentencia de la Audiencia Nacional del 13 de julio en la que falla a favor de la demanda de CCOO para el cobro de la parte del trienio devengado recogido en Convenio Colectivo pendiente a la plantilla afectada de BMN y, ante la reclamación de aclaración de sentencia efectuada a instancia de CCOO, la Audiencia, en Auto de 20 de julio, acuerda:

Aclarar el error material que se ha producido en la Sentencia de fecha 14 de Julio de 2017 y por tanto se incluye en el Fallo de la misma que se declare la obligación de abonar a la plantilla los atrasos generados desde el 1 de Junio de 2016, condenando a la empresa a estar y pasar por tal declaración”.

Seguimos a la espera de conocer si BMN ha recurrido esta sentencia, por lo que continuamos presentando papeletas de mediación para paralizar plazos que pudieran permitir al banco recurrir parte de las cantidades que debe a la plantilla afectada.  

Podéis seguir toda la información sobre la demanda de trienios en el blog de CCOO-BMN.

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jueves, 20 de julio de 2017

NÓMINA

REVISA TUS NÓMINAS. BMN PUEDE ESTAR PAGÁNDOTE DE MENOS (I)

Desde CCOO, a raíz de la revisión de nóminas para la confección de las papeletas de conciliación para parar las posibles alegaciones de prescripción por parte del banco en el caso de la reclamación de trienios, de la cual ya hemos ganado la primera sentencia en la Audiencia Nacional ante la demanda interpuesta por CCOOhemos detectado una práctica irregular por parte del banco que está suponiendo que una gran cantidad de compañeras y compañeros estén cobrando menos de lo que les corresponde.

El colectivo afectado sería el formado por aquellas personas que:
  1. A la fecha de suspensión del cómputo de tiempo para el devengo de nueva antigüedad (31-05-2013) su categoría estuviera entre los Niveles I a VIII del Grupo Profesional 1 o entre los Niveles I a II del Grupo Profesional 2.
  2. Haya tenido una promoción a un Nivel superior después de esa fecha (31-05-2013).

Si cumples ambos requisitos, ponte en contacto con tu delegada o delegado de CCOO porque es probable que el banco te esté escatimando dinero en cada nómina.

Ten en cuenta que, si procede la reclamación y quieres hacerla (y deberías), sobre las cantidades que el banco te adeude desde hace más de un año la empresa podría alegar prescripción para no pagártelas por lo que no debes retrasar la tramitación de la misma.

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martes, 18 de julio de 2017

TRIENIO CONVENIO COLECTIVO

LA AUDIENCIA NACIONAL NOS DA LA RAZÓN

Después del anunciado juicio que, como es habitual, interpone CCOO para defender los derechos de toda la plantilla afectada por el trienio en curso hasta el 1/6/2013, el pasado día 13 de julio la Audiencia Nacional nos da la razón, BMN lo tiene que abonar, puede recurrir al Supremo pero es un paso importante el que hemos dado.

CCOO agradece al resto de fuerzas sindicales de BMN, que, aunque durante todo el proceso previo a la reclamación extrajudicial, como es habitual, hemos estado solos defendiendo este derecho, en el juicio se sentaron junto a CCOO y no junto a la empresa como en otras ocasiones.

CCOO seguirá tramitando papeletas de mediación para paralizar las posibles pérdidas que se pudieran producir por prescripción.

Comunicado en PDF

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viernes, 7 de julio de 2017

EMPIEZA EL VERANO, CONTINÚAN LOS PROBLEMAS

Llega julio, agosto y CCOO te recuerda, una vez más, que los traslados temporales de centro de trabajo con desplazamiento interurbano (sustituciones, ventanillas desplazadas, etc.) así como los gastos de viaje para las convocatorias formales de la empresa fuera de tu centro de trabajo, son gastos recogidos en los artículos 55 y 96 del Convenio Colectivo y, por tanto, deben ser abonados en la nómina siguiente a la presentación de la hoja habilitada por el banco (recomendable hacerlo semanalmente).

BMN, en su alarde de malas prácticas laborales, intenta no retribuir estos gastos, dificultando su tramitación hasta el aburrimiento. 

Que no te engañen, es un Derecho al que no debes renunciar.

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miércoles, 5 de julio de 2017

GUÍA PARA LA FORMACIÓN MIFID II. 2º Comunicado.

LA CNMV PUBLICA SU GUÍA PARA LA FORMACIÓN MIFID II

Tras su publicación, CCOO vamos a requerir a las entidades financieras que hagan uso de la flexibilidad que les permite la Guía Técnica y modifiquen su política formativa con respecto a MIFID II, por lo que les instamos a que:
  • Se paralice la formación en aquellas entidades donde se había optado por el modelo estricto de formación íntegra externa con examen de certificación a través de diferentes entidades (EFPA, CFA, CECABANK o similar)
  • Se sustituya el modelo formativo integral por el modelo formativo modular.
  • Se dé participación a la RLT en la Comisión MIFID II (o en su caso, órgano de administración), ya que se trata de una comisión de formación.
  • Se reconozca que esta formación tiene carácter obligatorio para el personal relevante y, por tanto, tal y como establece el Considerando (79) de la Directiva MIFID II y dispone la propia Guía Técnica, las entidades den el tiempo y los medios necesarios para su realización. Y esto quiere decir que la formación y preparación de pruebas se realice dentro de los horarios de trabajo y, si esto no es posible, se den las compensaciones adecuadas. 
Además de todo esto CCOO requerimos a las entidades financieras a que:
  • Elaboren planes de contingencia para adaptar los puestos de trabajo y competencias para que no se puedan aplicar medidas objetivas traumáticas.
  • Suscriban seguros de responsabilidad civil que amparen a las personas de la plantilla ante posibles demandas o reclamaciones.
  • Se revisen los códigos de conducta de las entidades, con la participación de la representación laboral, incorporando principios de la deontología de la profesión y la protección de la objeción de conciencia.
CCOO emplazamos a las entidades para que se termine con el despropósito en que se está convirtiendo este tema para las trabajadoras y trabajadores del sector y que la formación se circunscriba a la adquisición de los conocimientos necesarios sin exigencias más allá de lo establecido por la Guía Técnica.

Por una formación que sea garante del empleo
Por las garantías para una responsabilidad respaldada y compartida


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martes, 4 de julio de 2017

GUÍA PARA LA FORMACIÓN MIFID II. 1er. Comunicado.

LA CNMV PUBLICA SU GUÍA PARA LA FORMACIÓN MIFID II

Una Guía que recoge parte de las propuestas presentadas por CCOO:

·    Que se pueda convalidar la formación académica sobre la materia Mifid.
·    Que se pueda convalidar la formación interna ya recibida.
·    Que la formación complementaria pendiente de recibir se module.
·    Que BMN pueda formar y acreditar de forma interna, no externa.
·    Que se pongan medios y tiempo para este proceso.

Sin embargo, carece de otras recomendaciones hechas por CCOO:

·    No valora la experiencia de tantos años de trabajo comercial.
·    No entra a determinar las compensaciones por el autoestudio.
·    No dice nada sobre la participación de la Representación Laboral.
·    No dice nada sobre la responsabilidad ante terceros.

La CNMV deja muchas lagunas sin resolver en las que CCOO seguirá trabajando, dentro y fuera de cada entidad, para garantizar la empleabilidad de las plantillas y descargar responsabilidades sobre estas.  

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