EL HORARIO ES EL HORARIO, PONLE VALOR A TU TIEMPO
Las direcciones regionales y las direcciones adjuntas a las regionales llevan varios días mandando correos insistentemente a la plantilla de la Red convocándola a reuniones fuera del horario legal establecido en BMN, en muchos casos con desplazamientos entre localidades.
Parece que, para las personas que ocupan las direcciones y subdirecciones de oficinas, su presencia aparentemente es obligatoria, no estando solo "invitadas" como se indica para el resto de la plantilla.
Pues bien, el Acuerdo BMN 17/122013 Anexo II indica claramente que el horario laboral es de 8 a 15h, de lunes a viernes. Este horario es para todo el personal de BMN, ocupe el puesto que ocupe, siendo la única excepción las plantillas de centros con jornada singular (Acuerdo 18/05/2016 de jornada singular no firmado por CCOO).
Las convocatorias tienen carácter de ampliación de la jornada laboral y deben ser tratadas como horas extraordinarias y, como dice el Estatuto de los Trabajadores, son de carácter voluntario (Art. 35.4). El abono de dichas horas debe incluirse en la nómina siguiente a la realización de las mismas. En caso de no producirse, se debería iniciar la correspondiente reclamación a RRHH.
Las prolongaciones de jornada, en fraude de Ley, están perseguidas y sancionadas por la Autoridad Laboral, con mayor razón en una empresa que, tras su rescate con fondos públicos, suspende contratos, reduce jornadas y salario, y despide a trabajadoras y trabajadores.
Por otro lado, las jornadas de formación sólo podrán ser convocadas por el Departamento de Formación y con un cómputo de 15 horas anuales (Art. 35.1 CCA). En las Comisiones de Formación, la Dirección de BMN indica expresamente que la formación se realice dentro del propio centro de trabajo en horario laboral.
Igualmente la empresa tiene obligación de informar, en sus centros de trabajo y en los horarios laborales establecidos, a aquellas personas que no hayan acudido a estas convocatorias fuera del horario laboral, para no incurrir en obstrucción discriminatoria a la información. BMN ha de fomentar la conciliación personal y familiar. La responsabilidad social de BMN con su plantilla debe primar en estos casos.
Para cualquier duda o consulta, dirígete a la delegada o delegado de CCOO más próximo o a los teléfonos de la sección sindical de tu territorio.
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