Y pedimos la
reclamación individual para paralizar los plazos
El vigente Convenio
Colectivo suspendía en su D.A.3ª el devengo del Trienio por
antigüedad (niveles I a VIII Grupo 1 y niveles I y II Grupo 2) hasta el
31/12/2017. Por esta circunstancia, se acordaba abonar en julio de
2016 la parte de trienio devengado hasta el 30/06/2016; abono que, entre julio
y septiembre, efectuaron todas las entidades firmantes del Convenio, menos
BMN.
Hasta el día de hoy
de nada han servido las diferentes reclamaciones efectuadas por CCOO a la Dirección, por lo que ya solo
queda la vía judicial a la que CCOO no
ha dudado en acudir para reclamar estas cantidades. Juicio que tiene
previsto celebrarse el próximo 12 de julio en la Audiencia Nacional.
Ahora CCOO, ante la posibilidad de prescribir parte de
estas cantidades por el tiempo que va transcurriendo, pone a disposición de su
afiliación la posibilidad de presentar individualmente papeleta de mediación en
las oficinas de arbitraje y mediación con la finalidad de paralizar los
plazos e impedir así la pérdida de cantidad alguna hasta la resolución
definitiva con sentencia firme (sine die)
Para gestionarlo en
cada provincia,
os pedimos que os pongáis en contacto con la delegada o delegado más cercano
(teléfonos a pie de página) o con la Sección Sindical Estatal de CCOO-BMN grupobmn@servicios.ccoo.es para
tramitar dichas solicitudes de conciliación prejudicial en los organismos de
mediación provinciales.
Descargar comunicado en PDF
SIEMPRE CCOONTIGO
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