Uno de los requisitos que impone la
Administración para percibir las prestaciones por desempleo es que la persona
beneficiaria busque empleo ?activamente? ya sea asistiendo a cursos de
formación que mejoren su ocupabilidad, presentando currículums o asistiendo a
las entrevistas de trabajo que le proporcionen los Servicios de Empleo de su
Comunidad Autónoma y pone en duda que ello sea posible si nos trasladamos al
extranjero.
El SEPE ha llegado al extremo de
suspender las prestaciones e incluso a reclamar los importes ya percibidos. Por
ello a quienes, siendo perceptores de prestaciones por desempleo por aplicación
de cualquiera de los programas del Acuerdo del 28/05/2013 (desvinculación,
suspensión, reducción), CCOO os recomienda que os informéis en las oficinas del
SEPE y, en caso de que os lo permita, recabéis su autorización expresa y por
escrito si tenéis previsto salir al extranjero por cualquier causa (vacaciones,
viaje de novios, visita a familiares, cooperación,?).
Tenemos constancia de sentencias que discrepan de
los criterios del SEPE, pero la Administración mantiene los criterios que
podéis encontrar en este link y ya se sabe, mejor prevenir que curar.
NO ESTÁS
SOLA, NO ESTÁS SOLO
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