CCOO presenta sus alegaciones y aportaciones a la propuesta de CNMV de Guía
Técnica para la evaluación de los conocimientos y competencias del personal que
informa y asesora.
Con motivo de la publicación por parte
de la CNMV de la Guía Técnica para la evaluación de los conocimientos y
competencias del personal que informa y asesora sobre productos y servicios
financieros y de la apertura del correspondiente periodo público de consultas,
CCOO nos hemos dirigido a la CNMV para presentarle una batería de aportaciones
que mejoren y clarifiquen algunos aspectos de la misma.
Desde CCOO, hemos querido recalcar que
es fundamental que esta formación se realice dentro de las jornadas laborales y
hemos vuelto a insistir en la importancia de que la formación sea modular para
que se dé validez tanto a la formación externa que se pueda tener (titulaciones
universitarias de grado y postgrado), como a la formación interna que hacemos
de manera continua y periódica.
Así mismo, nuestras aportaciones
refuerzan el hecho de que no sean
necesarias las acreditaciones externas por parte de asociaciones
certificadoras privadas y que las acreditaciones dadas por nuestras propias
entidades tengan validez no solo internamente, sino para cualquier otra entidad
del sector financiero.
Hemos pedido que las comisiones ad hoc
que se creen en cada entidad para asumir las responsabilidades relativas a la
formación MIFID2 cuenten con la participación de la representación legal de las
plantillas para hacer cumplir con el derecho de información y consulta que
estipula el artículo 64.5 del Estatuto de los Trabajadores.
Y, por supuesto, creemos que es
fundamental que esta guía incluya un punto específico sobre “responsabilidades
jurídicas” donde se establezcan los siguientes aspectos:
- Instaurar un código deontológico homogéneo para todo el sector donde se fijen los principios y normas éticas que deben regir la profesión bancaria y que sea el resultado de la negociación colectiva.
- Suscripción de pólizas de responsabilidad civil que amparen al personal relevante ante posibles demandas o reclamaciones.
- Prohibición de fijar objetivos comerciales y abonar incentivos económicos por la comercialización de productos sujetos a la directiva MIFID2.
- Fijar claúsula de salvaguarda y principio “culpa in vigilando” para que las entidades se erijan como responsables finales de las ventas de los productos y servicios financieros al ser ellas quienes los diseñan, elaboran y ponen en el mercado para su distribución y por tanto, quienes deben vigilar la correcta comercialización de los mismos.
En unos días, tendremos la guía técnica definitiva y
esperamos que la CNMV se haga eco de nuestras propuestas y las incorpore al
documento. Igualmente, esperamos que las entidades financieras apuesten por el
modelo flexible y modular que admite la CNMV y consigamos que la formación
MIFID2 sea una realidad factible que nos permita a la plantilla estar preparada
para la puesta en marcha de las nuevas regulaciones sin hipotecar nuestro
derecho a la conciliación.
12 de Mayo
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