No sabemos a qué grado
de exigencia están llegando en RRHH para justificar las 7 horas al año para asuntos
escolares o
acompañamientos de familiares
a cargo para tratamientos
médicos y similares. Os recordamos que este permiso requiere “previa
justificación” (aunque
entendemos que han querido decir “previo aviso y justificación”, como
recoge el artículo 38 del Convenio
Colectivo sobre permisos
remunerados)
Desde CCOO te recordamos que, para hacer uso de estas 7
horas (juntas o por separado), debes solicitarlo en Mi Portal, con la mayor antelación posible y, en la
cita, recoge el justificante
para hacerlo llegar a RRHH.
Parce que este permiso
ha suscitado un inusual “celo” por parte de RRHH que no se
corresponde con el tratamiento que da al control, por ejemplo, de las
prolongaciones de jornada, el impago de los desplazamientos en comisiones de
servicios, las reuniones vespertinas por invitación, exceso de carga formativa y reuniones
formativas no autorizadas, entre
otras, y todas ellas
incumplimiento la normativa vigente. En estos casos ¿no toca el
mismo “celo”?
También te recordamos
que el artículo 38.2 del Convenio Colectivo indica que se podrán autorizar, en “casos extraordinarios y
debidamente acreditados”, permisos de hasta 10 días al año por si te son necesarios este
año.
Por último, indicarte
que, ante cualquier duda sobre
petición de permisos, no dudes en consultar a tus
delegadas y delegados de CCOO en BMN.
Descargar comunicado en PDF
SIEMPRE CCOONTIGO
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